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Régimen de regularización de deudas - Ley 567 |
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Descripción:
Considéranse efectuadas en término aquellas presentaciones realizadas, correspondientes al Régimen de Regularización de Deudas establecido mediante Leyes Provinciales 567 y 588, en la medida que se hayan presentado los siguientes formularios (de corresponder en cada caso), debidamente conformados, hasta el día 16 de Enero de 2004. |
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Descripción:
Prorrogar la vigencia del Régimen de Regularización de deudas, remisión de intereses, condonación de multas y cargos por notificación, pago y remisión de intereses, condonación de multas y cargos por notificación, pago y facilidades de pago establecidos mediante la Ley Provincial Nº 567. |
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Descripción:
Establecer que las deudas a regularizar mediante el régimen establecido por la Ley Provincial Nº 567,con títulos de la Deuda Pública Nacional. |
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Descripción:
Prorrogar la vigencia del Regimen de Regularizacion de deudas, remision de intereses, condonación de multas y cargos por notificacion, pago y remision de intereses, condonación de multas y cargos por notificacion, pago y facilidades de pago establecidos mediante la Ley Provincial Nº 567. |
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Descripción:
Prorrogar la vigencia del Régimen de Regularización de deudas, remi-sión de intereses, condonación de multas y cargos por notificación, pago y facilidades
de pago establecido mediante Ley Provincial 567, por el término de treinta (30) días hábiles a partir del 24 de Mayo de 2003, en mérito a lo expresado en los consideran-dos precedentes. |
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Descripción:
Establecer las formas y condiciones para la cancelación de las deudas tributarias a efectuar mediante títulos de la Deuda Pública Nacional en el marco del Régimen del Regularización normado por la Ley Provincial N° 567. |
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Descripción:
Prorrogase la vigencia del Régimen de Regularización de deudas, remisión de intereses, condonación de multas y cargos por notificación, pago y facilidades de pago establecido mediante Ley Provincial 567, por el término de sesenta (60) días a partir de Febrero de 2003, en merito a lo expresado en exordio. |
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Descripción:
Establecense las formas y condiciones del régimen de regularización de deudas, exteriorizadas o no; remisión de intereses, condonación de multas (materiales y formales) y cargos por notificación inclusive, pago y facilidades de pago de todos los tributos comprendidos en la parte Especial del Código Fiscal vigente, y los creados por Leyes Especiales, cuyos vencimientos hayan operado hasta el 31 de Agosto de 2.002 y 30 de Abril de 2002 respectivamente. |
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