VISTO: La Resolución D.G.R. N° 166/15, y las Resoluciones Generales CA N° 5/2016 y 14/2016; y,
CONSIDERANDO:
Que la Resolución D.G.R. N° 166/15 estableció y confirmó para el período fiscal 2016, las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, conforme la Resolución General CA N° 5/2015.
Que a través de la Resolución General CA N° 5/2016 se amplió la cantidad de contribuyentes con uso obligatorio del Módulo DDJJ "Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05) del Sistema SIFERE WEB" -aprobado por Resolución General N° 11/2014 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.
Que se han verificado inconvenientes técnicos para el uso del Sistema SIFERE WEB los días 13 y 14 de junio del corriente por lo que algunos contribuyentes se han visto impedidos de presentar y pagar en tiempo y forma sus obligaciones tributarias.
Que en atención a lo indicado, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral dictó la Resolución General C.A. N° 14/2016, considerando en término las presentaciones realizadas el último día de vencimiento para todos los tramos de contribuyentes, conforme lo establecido en la Resolución General N° 5/2015. Por lo expuesto corresponde dictar la norma local complementaria de adhesión a esta resolución del organismo de aplicación del Convenio Multilateral.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en virtud de lo establecido por el artículo 27 y 29 del Código Fiscal vigente, Ley Provincial 1075, artículos 8° y 9° de la Ley provincial 1074 y Decreto provincial Nº 45/2016.
Por ello:
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Considerar en término la presentación de las declaraciones juradas y el pago correspondiente al anticipo mayo del período fiscal 2016 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral, que se registren al día 16 de junio de 2016, último día de vencimiento establecido para todos los tramos de contribuyentes por la Resolución General N° 5/2015, para los contribuyentes comprendidos en el Sistema SIFERE WEB.
ARTICULO 2 °.- Comuníquese, dese al Boletín Oficial de la Provincia y, cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN GENERAL AREF N° 144/16.
|